En los últimos días del 2013 nos encontramos con la publicación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, una ley que, como ella misma promulga en su Preámbulo, tiene la triple vertiente de incrementar y reforzar la transparencia en la actividad pública, reconocer y garantizar el acceso a la información y establecer obligaciones de buen gobierno que deben cumplir los responsables públicos. El espíritu de esta ley se basa en exigir a los cargos públicos unos comportamientos éticos y responsables y, en su Título II, establece un régimen sancionador que les será aplicado en caso de incumplir con las responsabilidades a la que están sujetos.
La formulación de esta ley responde a las inquietudes que en los últimos años han expresado los ciudadanos, reclamando el derecho a un información veraz y fiable, fácilmente accesible y verificable. El Gobierno ha querido así integrar en sus acciones la demanda de su principal grupo de interés, los ciudadanos ante los que debe rendir cuentas.
¿Es esta ley suficiente?¿Tendrá un alcance verdaderamente significativo?¿Dará respuesta a la demanda real de transparencia y buen gobierno? Son preguntas que aún está por contestar… Lo que sí es cierto es que llega a nuestro país con un poco de retraso en relación a otros países europeos y, por supuesto, en relación al sector privado. Ya en el año 1992 el informe Cadbury recogía la necesidad de aplicar en las organizaciones herramientas de buen gobierno entendidas como «procedimientos y procesos que controlan y dirigen una organización”. Herramientas como sistemas de toma de decisiones, sistemas de incentivos y contratos, régimen de incompatibilidades…
Estos aspectos de transparencia y buen gobierno están íntimamente ligados con la ética, por tanto son muy difíciles de valorar en tanto en cuanto a que es algo propio de cada persona. Estos aspectos deben ser asumidos por las organizaciones no para mejorar su imagen, ni porque es una demanda de reciente interés social, ni debe reducirse a elaboración de códigos y normas de conducta… deben ser integrados en la gestión de las organizaciones porque ayuda a ser mejores y a hacer las cosas mejor.
Las organizaciones que operan con estos principios deben comunicarlos, tanto a nivel interno como a nivel externo, porque ayudará a conseguir un mayor compromiso por parte de los empleados con el proyecto de la organización y, además, facilitará la integración entre ésta y la sociedad, al ser reconocidos sus valores y su forma de desarrollar su labor.
Por último, indicar que resulta recomendable utilizar estándares de gestión ética y la acreditación a través de diversos organismos permitirá alcanzar los niveles óptimos de transparencia, independencia e integridad deseables en todas gestión económica. Entre los estándares más reconocidos se encuentran:
- Norma SA 8000: es la primera norma que sirve para establecer un sistema de certificación y auditoría que permite evaluar el cumplimiento de unas condiciones mínimas de relaciones laborales entre el empresario y el trabajador. Para ello se apoya en los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo, en la Carta de Derechos del Niño y en la Declaración Universal de Derechos Humanos de la ONU.
- SGE 21, Sistema de Gestión Ética y Socialmente Responsable: promovido por Foretica, es la primera norma europea que establece los requisitos que debe cumplir una organización para integrar en su estrategia y gestión la Responsabilidad Social.
Fotografía: umjanedoan